Como instalar una empresa en Costa Rica (CINDE)
El instalar una empresa en Costa Rica, requiere segur una serie de pasos en diferentes instituciones públicas, las cuales se detallan a continuación:
Registro Nacional
Debe inscribirse una sociedad anónima ante el Registro Nacional, para lo cual, debe presentarse una escritura pública, con el fin obtener un número de identificación (cédula jurídica). Los trámites los realiza un notario público. En la sociedad deben comparecer como mínimo dos personas, sin restricciones en relación a la nacionalidad de las partes.
Inscripción de una Marca Nacional, Adoptada (Extranjera), Nombre Comercial
Lo realiza un notario público ante el Registro de la Propiedad, donde se examina y determina el cumplimiento de los requisitos.
Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER)
Si la Empresa es exportadora, puede someterse a dos tipos de regímenes especiales de exportación:
Régimen de Zona Franca
Régimen de Zona Franca: es un conjunto de incentivos y beneficios que otorga el Estado a las empresas que realicen inversiones nuevas en el país, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos y obligaciones establecidos en sus leyes y reglamentos.
El régimen de zona franca se otorga solamente a aquellas empresas cuya inversión inicial mínima en activos fijos es de U.S. $150.000 o su equivalente en moneda local. En este caso las empresas deben ubicarse dentro de un parque industrial de zona franca. La inversión inicial en activos fijos deberá se de U.S. $ 2 millones para poder acogerse al régimen e instalarse fuera de un parque industrial de zona franca.
No podrán acogerse a este régimen, las entidades bancarias, financieras y aseguradoras.
La empresa puede presentar la solicitud ante la Gerencia de Operaciones de Procomer, que luego será enviada al Departamento Legal del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX). Luego la empresa procederá a registrarse ante la Dirección General de Aduanas.
Régimen de Perfeccionamiento Activo
Perfeccionamiento Activo es el régimen aduanero que permite introducir mercancías al territorio nacional, con suspensión de toda clase de tributos y bajo rendición de garantías. Estas mercancías deben ser sometidas a un proceso de transformación, reparación, reconstrucción, montaje, ensamblaje o incorporadas en conjuntos, maquinaria, equipo de transporte en general o mayor complejidad tecnológica o funcional o utilizada para otros fines análogos para su posterior reexportación.
Las solicitudes deben presentarse en la Gerencia General de Operaciones de PROCOMER.
Registro de exportares
Presentar Tarjetas de Registro de Exportador en la ventanilla
Estudio del Prediseño del Proyecto a construir
Incluye parte de la información y las regulaciones que limitan o condicionan el diseño de un proyecto. Este trámite lo realiza el ingeniero o arquitecto del diseño de las obras.
Única de Comercio Exterior en cada una de la ventanilla única regional y central de PROCOMER.
Evaluación Ambiental ante la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
El objetivo del procedimiento es determinar la viabilidad ambiental del proyecto. Esta aprobación previa debe obtenerse antes de comenzar otros trámites administrativos u obras de construcción.
La evaluación ambiental que realiza SETENA, tiene dos partes:
- La evaluación inicial (FEAP).
- La evaluación definitiva: dependiendo de la resolución de SETENA sobre el FEAP, se realiza con un determinado instrumento de evaluación. Esto es una declaración jurada de Compromisos Ambientales, un Plan de Gestión Ambiental, o un Estudio de Impacto Ambiental, el cual puede exhaustivo o dirigido. Su costo corre por cuenta del interesado y los evaluadores deben estar inscritos en la SETENA.
Tipos o instrumentos de evaluación
Categoría I: proyectos que mejoran la calidad ambiental y que usualmente no requieren evaluación ambiental.
Categoría II: proyectos con efectos neutrales para el ambiente y que tampoco requieren evaluación ambiental.
Categoría III: proyectos con impactos potenciales de carácter negativo e intensidad moderada, para los cuales existen alternativas o soluciones aceptables desde el punto de vista ambiental y económico.
Categoría IV: proyectos de impactos potencialmente negativos y de intensidad significativa. Estos proyectos requieren una evaluación ambiental exhaustiva.
En todos los casos de actividades, obras o proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental, el organismo evaluador fijará el monto de la garantía de cumplimiento de obligaciones ambientales que deberá rendir el interesado. Esta garantía será hasta del uno por ciento del monto de inversión. La garantía debe ser de dos tipos:
1. De cumplimiento durante el diseño y ejecución del proyecto,
2. De funcionamiento para el período, que puede oscilar de cinco a diez años, dependiendo del impacto del proyecto y el riesgo de la población a sus alrededores.
Proyectos exceptuados de Evaluación Ambiental
- Ubicados en una zona donde exista planificación regional a una escala no mayor a 1:50.000.
- Localizados en zonas con un plan regulador vigente.
Visado de planos
Las instituciones públicas han entendido la materialización de esta función controladora, mediante permisos denominados "visados", los cuales son unos sellos oficiales, que se estampan en los planos. Dichos sellos representan la autorización administrativa, al interesado, para que éste prosiga con la realización del proyecto planteado en los planos.

Corresponde a las Municipalidades otorgar los permisos de construcción y recaudar el impuesto del 1% sobre el valor de las construcciones y urbanizaciones que se realicen en su jurisdicción.
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA)
El primer trámite de visado de planos para la construcción se efectúa en el CFIA, por el ingeniero y arquitecto. Todo plano debe estar respaldado por la firma y el número de carné del profesional o profesionales responsables participantes en el diseño. Los planos deben estar sellados y timbrados por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA).
El colegio Federado cobra el 0.00265% del valor de la obra.
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (Visado)
Este trámite se refiere a las edificaciones no ubicadas en la zona marítimo terrestre. El interesado debe dirigirse a la Dirección de Urbanismo del INVU presentando los documentos y ésta actúa como receptora de los planos y los transfiere inmediatamente al Ministerio de Salud, para su correspondiente visado.
Duración legal: un mes calendario con silencio positivo
Municipalidad. Permisos de construcción.
Finalizados los visados correspondientes, el interesado deberá presentar un juego de planos básicos a la municipalidad respectiva, según el lugar donde se vaya a desarrollar el proyecto
Dirección General de Tributación
Esta inscripción la requieren todas las personas que realicen una o más actividades económicas. Este trámite se gestionará en las oficinas de las Administraciones Tributarias.
Instituto Nacional de Seguros
Conforme al Código de Trabajo, el patrono debe asegurar a sus empleados por riesgos del trabajo. Para ello debe suscribir una póliza en el Instituto Nacional de Seguros (INS). La póliza debe estar suscrita al inicio de operaciones y estar vigente durante la operación.
Para suscribir la Póliza de Riesgos del Trabajo, el interesado debe dirigirse a las Oficinas Centrales o Sucursales del INS, a una agencia comercializadora de seguros o bien a un agente de seguros autorizado. En el momento de suscribir la póliza, la empresa queda automáticamente registrada como patrono en el INS.
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
Conforme a la legislación costarricense, el patrono debe contribuir al régimen de seguridad social de sus trabajadores. Para esos efectos, previamente al pago de las cuotas de seguridad social, debe inscribirse como patrono en las oficinas centrales o regionales de la CCSS.
La inscripción patronal y el aseguramiento de los trabajadores debe hacerse dentro de los ocho días siguientes a la fecha de ingreso de los empleados.
Ministerio de Salud: Permiso de Funcionamiento
De conformidad con la Ley General de Salud, una vez construidas las instalaciones y previo al inicio de operaciones, las empresas deben contar con una autorización o permiso de funcionamiento, por parte del Ministerio de Salud. Este es, usualmente, un requisito para poder obtener la patente municipal.
Patente Municipal
Cualquier actividad lucrativa requiere una licencia (o patente) de la municipalidad del cantón en el cual es desarrollada la actividad. Ella implica el pago de un impuesto durante el tiempo de operación (en el caso del régimen de zona franca el pago de patente esta exento).

 

 

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